Formalidades y Prohibiciones Contables
Los libros contables tienen formalidades extrínsecas (parte exterior): deben estar encuadernados, individualizados, foliados con páginas correlativas y rubricados con sello y firma del juez en la primera hoja en blanco.
Las formalidades intrínsecas (contenido) exigen escritura en idioma y moneda nacional, orden cronológico, y no tener alteraciones salvo las debidamente salvadas. Cualquier error se corrige con contra-asiento, nunca borrando o tachando.
Las prohibiciones son claras y protegen la integridad: no alterar el orden de asientos, dejar blancos entre ellos, interlinear, raspar, enmendar, tachar, mutilar, arrancar hojas, alterar encuadernado o foliatura, ni cualquier acto que afecte la intangibilidad de las registraciones.
La contabilidad no es solo derecho sino también obligación - debe llevarse sobre base técnica uniforme que permita identificar operaciones y cuentas deudoras/acreedoras, creando un cuadro verídico de la actividad empresarial.
💡 Integridad total: Las prohibiciones buscan mantener la contabilidad como prueba fehaciente de la actividad económica - cualquier alteración la invalida.